“El principio de fraternidad desde el punto de vista de un juez puede ser vivido desde dos perfiles: entra fuertemente en la interpretación de la norma y sobre la vertiente de los comportamientos concretos”. “Cada día nos encontramos en relación con la realidad palpitante del hombre. Ante nosotros no existen fascículos, papeles, sino realidades personales, familiares dramáticas”. Lo ha constatado, la mañana conclusiva (domingo 20.11), el Presidente de la Asociación Nacional de Magistrados, el Dr. Ciro Riviezzo, en el saludo, leyendo a la luz de la fraternidad la labor del juez.

“Los pasos hacia adelante se hacen juntos y no aisladamente”. Es ésta la constatación emergida en las conclusiones presentadas por los miembros de la Comisión Central de “Comunión y Derecho”, presidida por el magistrado Gianni Caso, ex-juez de la Corte Suprema de Casación, a la conclusión del 1° Congreso Internacional “Relaciones en el Derecho: ¿qué espacio tiene la fraternidad?” promovido por “Comunión y Derecho”, del 18 al 20 de noviembre de 2005, en Castelgandolfo (Roma), che ha visto un rico intercambio de reflexiones y experiencias en los varios ámbitos del Derecho.

Fraternidad y Derecho. Una propuesta que tiene raíces antiguas. Encontramos trazas en el Derecho Romano, un desarrollo en la era medieval con el Instituto de “fraternización”, hasta llegar al conocido trinomio de libertad, igualdad, fraternidad de la Revolución Francesa, como subraya en su intervención en la apertura el Prof. Fausto Goria, de la Universidad de Turín.

Pero, ¿qué fraternidad? Chiara Lubich, fundadora y presidente de los Focolares, abre un vasto horizonte en su mensaje leído en la apertura del Congreso: “La fraternidad está inscrita en el DNA de cada hombre, éste constituye su vocación última. Corresponde al designio de Dios de realización plena del hombre y de la humanidad” y se puede actuar, haciendo penetrar también en el mundo jurídico el mandamiento evangélico del amor recíproco.

Desde esta perspectiva se afrontaron los varios ámbitos del mundo del Derecho y de la Justicia.

Derecho internacional: emergió que el principio de fraternidad puede inspirar modelos concretos de intervención y métodos de análisis en el proceso actual de creciente interdependencia entre los pueblos.

Derecho administrativo: en la relación entre la administración pública y los ciudadanos, este principio puede constituirse en “un acelerador” para actuar la participación democrática, como puso de relieve el abogado Nino Gentile. Elocuente en este sentido la transformación del degradado barrio de Gela (Sicilia) y la resolución de un grave conflicto entre los campesinos y empresas mineras de Perú.

Derecho Privado: se afrontó el Derecho de Familia, con la presentación de nuevas figuras como la del mediador familiar, para el apoyo a las familias y la resolución de controversias y el Derecho Empresarial donde se demostró que la fraternidad puede templar la lógica de la ganancia y llevar al nacimiento de empresas administradas según los principios de la Economía de Comunión.

En el Derecho Penal, la Prof. Adriana Cosseddu, de la Universidad de Sassari (Cerdeña), puso en evidencia el hecho de que el delito hoy día es considerado esencialmente como una violación a la ley, más que como una ofensa a la víctima y como una herida al tejido de las relaciones sociales. Pero –afirmó- no nos podemos limitar a la “justicia retributiva”, sino que es necesaria una “justicia restaurativa” de las relaciones. Es un nuevo estilo en la acción jurídica que hace ir “más allá” de lo “formalmente correcto” sin ningún forzamiento procesal: de este modo situaciones que parecían sin salida encuentran caminos inesperados de recuperación.

Es una red de relaciones, unidas por la fraternidad, la que se ha entretejido en estos días de encuentro. Continuará en actividad, también a distancia, mediante el intercambio de experiencias, reflexiones, elaboraciones culturales para trabajar en una justicia que responda cada vez más a las necesidades de la humanidad.

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